Documentos esenciales para teletrabajadores internacionales desplazados

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Desde que el pasado mes de enero de 2023 se aprobase la Ley de startups, más conocida como “Nomad Visa”, son muchos los trabajadores extranjeros que están optando por desplazarse a teletrabajar desde España por la facilidad que la propia norma les ofrece.

La Nomad Visa no solo facilita el desplazamiento a España; si no que también les da la posibilidad de trabajar desde aquí sin necesidad de registrarse en el sistema de Seguridad Social español.

Para ello, necesitarán obtener de su país el Certificado A-1.

Pero…¿qué es el Certificado A-1?

El certificado A-1 es un certificado relativo a la Legislación de Seguridad Social aplicable al poseedor de este en base a los reglamentos de la Unión Europea. Este documento es necesario para todos los trabajadores que se desplacen o se encuentren en tránsito en países de la UE, EEE (Islandia, Liechtenstein, Noruega), Suiza, Reino Unido y Dinamarca.

¿Dónde se regula?

Se regula en el Reglamento 883/2004 sobre la coordinación de los sistemas de Seguridad Social.

¿Para qué sirve el Certificado A-1?

El trabajador al que el Organismo competente de la Seguridad Social del país dónde preste servicios le expida el certificado A-1, podrá trabajar en otro país de los mencionados previamente sin necesidad de cotizar en el mismo. El certificado A1 expedido por el Organismo competente sirve para acreditar que el trabajador está sujeto a la legislación de Seguridad Social del país que desplaza y que no debes cotizar, por tanto, en el país de destino.

 

*Para trabajadores de terceros países; se deberá analizar y estudiar la situación de forma particular.

¿Qué se entiende por trabajador desplazado?

Se considera trabajador desplazado, con independencia de su nacionalidad, el desplazado a España por su empresa durante un período limitado de tiempo en el marco de una prestación de servicios transnacional, siempre que exista una relación laboral entre la empresa y el trabajador durante el período de desplazamiento y trabaje de forma habitual en su país de origen.

¿Quién comunica el desplazamiento?

La empresa tiene la obligación de notificar con antelación al Estado miembro en el que el trabajador está de alta, siempre que sea posible, cada actividad laboral transfronteriza (incluidos los considerados como desplazamientos profesionales) y solicitar al organismo de la seguridad social de ese país la emisión del formulario A1 o «Certificado de legislación aplicable». 

¿Cuánto puede durar el desplazamiento?

La duración inicial del trabajo en el Estado miembro de destino no es superior a 24 meses, por tanto, la duración del certificado A1 será como máximo de 24 meses y dependerá de la duración del contrato de trabajo suscrito con el trabajador.

¿Y si preveo que el desplazamiento durará más de 24 meses?

Si el desplazamiento dura más de 2 años o desde el inicio se prevé que va a tener una duración superior (máximo 5 años), el trabajador puede:

  • Cambiar al sistema de seguridad social del país donde esté desplazado
  • Solicitar seguir estando cubierto en su país de origen. El formulario A1 o su prórroga, se concederá si las administraciones de ambos países (de origen y de destino) alcanzan un acuerdo y el acuerdo conviene al trabajador, a excepción del Reino Unido (Incluido Gibraltar), donde únicamente se admiten los desplazamientos hasta un periodo máximo de 24 meses.

¿Tengo asistencia sanitaria gratuita con este certificado?

No, el certificado A-1 no le da derecho al poseedor de este a recibir asistencia sanitaria pública en España. Sin embargo, junto con el certificado A-1 puede solicitarse también, si los convenios o tratados lo regulan, la expedición del documento S1. Este documento, una vez registrado en el sistema de Seguridad Social español, permitirá a su poseedor recibir asistencia sanitaria en España de forma gratuita.

*Otro dato de interés

La expedición del Certificado A-1 otorga la posibilidad al trabajador desplazado de aplicar por el Régimen Fiscal Especial, más conocido como Ley Beckham, que le permitirá tributar en España por un máximo del 24% hasta los 600.000 euros.

La concesión del Régimen Fiscal Especial no dependerá únicamente de la obtención del certificado A-1 por parte del trabajador. Éste, además, deberá de cumplir con otra serie de requisitos que le permitan acceder a este sistema de fiscalidad.

Si estás interesado en desplazarte a España y necesitas nuestra ayuda con la solicitud del certificado A1 y deseas concertar una cita con uno de nuestros asesores o abogados especialistas, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

 Para obtener más información, ponte en contacto con Pellicer & Heredia en el +34 965 480 737 o envíanos un correo electrónico a info@pellicerheredia.com

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