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¿Han detenido y encarcelado a algún familiar o amigo en España?

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En primer lugar, si el preso no lo ha hecho ya, le recomendamos encarecidamente que se ponga en contacto con el Consulado y un abogado. Es importante recibir asesoramiento jurídico y estar bien informado de los pasos siguientes. Podemos asesorarle sobre las medidas a tomar y cómo proceder en función de sus circunstancias particulares.

Aquí dejamos algunas preguntas y respuestas útiles sobre lo que se puede esperar mientras se investiga el caso del detenido y éste se encuentra en una prisión española.

¿Puedo contactar con el preso?

Se permite el contacto a través de los siguientes medios:

  • CORREO POSTAL: se pueden enviar y recibir cartas. Se abrirán y se inspeccionarán delante del preso y no deben contener artículos prohibidos, incluidas pulseras, ya que serán devueltas.
  • TELÉFONO: el interno puede realizar llamadas a los números autorizados, pero no puede recibirlas desde fuera del centro.
  • LOCUTORIO: una vez solicitado por el visitante y autorizado por la prisión, la visita se lleva a cabo en una cabina con cristalera entre el/los visitante/s y el preso. Por lo general, se permite una visita en locutorio una vez por semana durante 40 minutos, o 20 minutos dos veces por semana.
  • VIS A VIS: una vez solicitado por el preso por escrito en una instancia y autorizado por la prisión, esta visita se lleva a cabo en una sala abierta supervisado por guardias. Algunas prisiones permiten visitas íntimas y de familiares en salas cerradas sin supervisión. Dependiendo de la prisión, las visitas Vis a Vis suelen ser una vez al mes durante una hora.

¿Quién puede visitar al preso?

Se admiten hasta 4 familiares y/o amigos (incluidos niños). Los familiares deben demostrar su parentesco con el preso con documentación oficial y original, como el libro de familia, un certificado o extracto de nacimiento obtenido en su Oficina del Registro Civil u Oficina Consular, o un certificado de matrimonio. Si estos documentos no están en español, no se esperan traducciones legales, pero deben aportar copias originales. En el caso de las parejas de hecho, es necesario cualquier tipo de prueba de que son pareja y que vivan juntos, como declaración de la renta conjunta, recibo de luz o extractos bancarios en nombre de ambos, etc.

¿Cuál es el procedimiento para la primera visita en locutorio?

En primer lugar, debe presentarse en el departamento de comunicaciones con su prueba de parentesco con el preso. Todos los visitantes deben llevar su pasaporte o documento de identidad original, ya que no se aceptarán fotocopias. Deberá presentarse 45 minutos antes de la hora de visita confirmada.

¿Cómo se organizan el resto de visitas en locutorio?

Debe concertar una cita directamente con el centro penitenciario por teléfono o a través de su página web. Le pedirán el número NIS del preso, que consta de 10 dígitos, y los números de DNI/pasaporte de los visitantes. Consulte la página web del centro para obtener más información sobre los días y horarios de las visitas.

¿Qué puedo llevarme a la visita?

Sólo está permitido llevarse determinados artículos necesarios, como los que pueda necesitar un bebé que viene a la visita. Queda a discreción de la prisión si permiten otros artículos necesarios, pero el dinero, la comida, el alcohol, las llaves, los teléfonos, etc. están prohibidos. Consulte la página web de la prisión para saber qué artículos están prohibidos.

¿Puedo enviar paquetes?

Sí, puede. Si desea enviar prendas de vestir, debe consultar la página web de la prisión para comprobar los requisitos, ya que puede haber un máximo de cada prenda. Dependiendo de la prisión, hay un máximo de paquetes que se pueden enviar cada mes y lo que pueden pesar, medir, etc. Normalmente, el peso máximo es de 5 kg y el tamaño 45cm ancho x 45cm alto x 45cm largo. Estos paquetes los debe enviar una persona autorizada por el preso.

¿Puedo depositar dinero para el preso?

Sí, con ciertos límites. Sólo los visitantes / familiares autorizados a comunicarse con el preso y los abogados pueden ingresar dinero para el preso. Dependiendo de la prisión, esto sólo se puede hacer un máximo de dos veces al mes y se ingresará en la tarjeta del preso un día a la semana. No suele haber una cantidad máxima que se pueda depositar, pero el preso sólo tendrá acceso a 100 euros a la semana para gastar en la tienda (Economato). Infórmese en el centro penitenciario de cómo ingresar el dinero, ya que, normalmente, se puede hacer en persona o mediante transferencia bancaria.

¿Y si tenemos una urgencia familiar?

En caso de una urgencia familiar, como fallecimiento, nacimiento de un hijo o enfermedad grave de un familiar cercano, el preso puede solicitar permiso para salir del centro para hacer una visita o desplazamiento urgente. Dependiendo de si el preso se encuentra en prisión preventiva o ya ha sido condenado, entonces la solicitud debe ser presentada o bien ante el Juez Tribunal correspondiente al caso o bien al Juez de Vigilancia Penitenciaria. Nosotros, como abogados, podemos ayudarle con este trámite y con la gestión de cualquier documentación que el Juez pueda necesitar para justificar su solicitud.

Tenga en cuenta que esta información es solo para uso general. Para obtener asesoramiento y orientación precisos, le recomendamos encarecidamente que reserve una cita con un abogado experto.

Para obtener más información o asistencia, no dude en ponerse en contacto con Pellicer & Heredia en el +34 965 480 737 o envíenos un correo electrónico a info@pellicerheredia.com.

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