¿Le han cancelado recientemente un vuelo y quiere que le devuelvan el dinero? O tal vez necesita cancelar un vuelo y quiere saber si puede reclamar un reembolso. En este artículo le explicamos cuáles son sus derechos frente a las aerolíneas cuando su vuelo sufre una cancelación o alteración y si puede reclamar la devolución de su dinero con o sin indemnización.
El Reglamento 261/2004 de la UE establece que, si se cancela su vuelo, se le deben ofrecer las siguientes dos opciones:
- Reembolso total de todos los vuelos de la misma reserva. La aerolínea deberá abonar el importe de la devolución en un plazo de 7 días.
- Vuelo alternativo a su destino lo antes posible o en una fecha posterior que le convenga.
También tiene derecho a indemnización por vuelos de la UE si se le notificó la cancelación del vuelo con menos de 14 días de antelación de la fecha de salida o si el vuelo se canceló debido a problemas de la aerolínea como los siguientes:
- Huelgas de tripulantes de aerolíneas
- Problemas de programación de vuelos
- Problemas técnicos
Los vuelos cancelados por motivos ajenos a la compañía aérea, como huelgas y restricciones del control aéreo, no serán indemnizados.
El Artículo 7 del Reglamento 261/2004 de la UE establece que cada pasajero tiene derecho a reclamar las siguientes cantidades en concepto de indemnización:
- a)250 euros para vuelos de hasta 1500 kilómetros
- b)400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1500 y 3500 kilómetros
- c)600 euros para todos los vuelos no comprendidos en a) o b)
La distancia se determinará tomando como base el último destino al que el pasajero llegará con retraso en relación con la hora prevista debido a la denegación de embarque o a la cancelación.
En caso de que, con arreglo al artículo 8, se ofrezca a los pasajeros la posibilidad de ser conducidos hasta el destino final en un transporte alternativo con una diferencia en la hora de llegada respecto a la prevista para el vuelo inicialmente reservado:
- a)que no sea superior a dos horas, para todos los vuelos de 1500 kilómetros o menos, o
- b)que no sea superior a tres horas, para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1 500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1500 y 3500 kilómetros, o
- c)que no sea superior a cuatro horas, para todos los vuelos no comprendidos en a) o en b),
el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo podrá reducir en un 50 % la compensación prevista en el apartado 1.”
¿Y si mi vuelo tenía origen o destino fuera de la UE? ¿Tengo derecho a un reembolso?
Aquí es donde puede resultar un poco confuso, ya que dependerá de la aerolínea y del lugar de origen o destino del vuelo. Pero no hay que preocuparse, a continuación lo explicamos. El Reglamento de la UE EC261 incluye a todos los Estados miembros de la UE, así como a otros Estados miembros especiales como Noruega, Islandia y Suiza, entre otros.
En estos casos tendrá derecho a un reembolso:
- Vuelos dentro de la UE, tanto si la aerolínea es de la UE como si no lo es.
- Vuelos desde un aeropuerto de la UE a otro que no lo es, tanto si la aerolínea es de la UE como si no lo es.
- Vuelos desde un aeropuerto de fuera de la UE a un aeropuerto de la UE, SOLO si la compañía aérea es de la UE.
- Vuelos fuera de la UE, SOLO si la compañía aérea es de la UE.
Quiero cancelar un vuelo, pero ¿podré pedir una devolución?
Como las normas pueden variar según la aerolínea a través de la cual haya hecho la reserva, es necesario comprobarlo directamente con la compañía. Sin embargo, si no ha reservado un billete reembolsable, es muy poco probable que le devuelvan el dinero. Incluso con un billete «reembolsable», esto sólo suele significar que puede cambiar la fecha del vuelo sin coste alguno.
Se ha cancelado mi vuelo. ¿Qué necesito hacer?
Lo primero que debe hacer es ponerse en contacto con su aerolínea o agencia de viajes. En la página web encontrarás información sobre su política de cancelaciones. Si su vuelo ha sido cancelado después de llegar al aeropuerto, diríjase directamente al puesto de atención al cliente de la aerolínea. También debe comprobar si tiene derecho a vales o reembolsos de gastos de comida y alojamiento debido a la cancelación del vuelo. Aunque sus derechos están protegidos por la legislación de la UE, cada compañía aérea y agencia de viajes tendrá su propio protocolo y política.
Se ha retrasado mi vuelo. ¿Tengo derecho a reclamar algo?
Dependiendo de cuánto tiempo se haya retrasado su vuelo y de la política de su aerolínea, es posible que le ofrezcan la opción de cambiar de vuelo o, si el retraso es superior a 5 horas, el reembolso. Los tiempos pueden variar según la aerolínea. Cabe mencionar que si decide hacer preparativos de viaje alternativos (no ofrecidos por la aerolínea), lamentablemente, según la ley EU261 estos gastos no están cubiertos, por lo que tendrá que ponerse en contacto con su compañía de seguros de viaje. Si decide viajar en el siguiente vuelo disponible ofrecido por la aerolínea o su vuelo se ha retrasado durante la noche, al igual que ocurre con las cancelaciones, puede tener derecho a vales o reembolsos por comida y alojamiento y otros gastos ocasionados por la interrupción del vuelo. Si ya está en el aeropuerto, diríjase al mostrador de atención al cliente de la aerolínea para que le informen. Le recomendamos que compruebe la información de su vuelo en tiempo real antes de dirigirse al aeropuerto para evitar largas esperas.
He contactado con la aerolínea pero no avanzamos. ¿Qué puedo hacer?
Si la aerolínea se lo está poniendo difícil reclamar o no le han pagado la compensación debida u ofrecido la ayuda adecuada, puede presentar una reclamación oficial ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
Si necesita la ayuda de un abogado para presentar su reclamación, no dude en ponerse en contacto con Pellicer & Heredia en el teléfono +34 965 480 737 o envíenos un correo electrónico a info@pellicerheredia.com. Podemos concertarle una cita con uno de nuestros abogados expertos.