Si lamentablemente decide marcharse de España, es muy recomendable darse de baja como residente en España. Este proceso consiste en lo siguiente:
- Darse de baja del padrón en el ayuntamiento donde reside actualmente
- Comunicar a Extranjería la salida de España y la anulación del visado o residencia
- Entregar la TIE o tarjeta de residencia de la UE en la Comisaría de Policía Nacional u oficina de Extranjería que expidió la tarjeta
¿Qué ocurrirá si no me doy de baja como residente en España?
No es algo que nuestros clientes suelen tener en cuenta una vez tomada la decisión, pero es aconsejable hacer el trámite para evitar posibles problemas, como implicaciones fiscales o que te denieguen el visado en tu nuevo país de residencia, por ejemplo.
¿Qué tengo que hacer?
Cuando gestionamos la baja para nuestros clientes, lo primero que necesitamos saber es cuándo tienen previsto marcharse. Esto nos ayuda a calcular cuándo iniciar el proceso y cuándo concertar las citas necesarias. No queremos dejarlo todo para el último momento, pero tampoco queremos empezar demasiado pronto para que sigas siendo considerado residente el máximo tiempo posible que estés aquí.
Hay tres pasos que resumiremos a continuación:
- PASO 1
Teniendo en cuenta tu fecha de salida del país, podemos organizar la primera cita que sería en el ayuntamiento para darte de baja del padrón. Esta cita es muy sencilla y lo único que tienes que traer es el pasaporte o la tarjeta de residencia, depende de con cuál te hayas dado de alta inicialmente.
- PASO 2
Una vez estés dado de baja del padrón, presentaremos un escrito en tu nombre, previamente firmado por ti, a Extranjería. Esta carta incluirá tus datos personales y una declaración de que desea darse de baja como residente español.
- PASO 3
El último paso es entregar tu tarjeta de residencia, que puede ser la tarjeta TIE de plástico o el certificado de residencia verde si eres de la unión europea. Debes entregarla en la Comisaría de Policía Nacional o en la Oficina de Extranjería que te expidió la tarjeta. Sólo tendrás que llevar el pasaporte y, por supuesto, la tarjeta de residencia. Confirmarán la baja y la entrega de la tarjeta de residencia en el sistema, y entregarán una copia del formulario de baja sellada para completar el proceso.
¿Me podéis ayudar con toda la gestión?
Sí, por supuesto. Nosotros nos encargaremos de concertar las citas, rellenar los formularios necesarios, preparar y presentar el escrito a Extranjería, así como acompañarte a las citas. Podrás realizar tu traslado a otro país con la tranquilidad de que todo lo relacionado con tu residencia española ha sido tramitado y finalizado.
Si necesitas nuestra ayuda en la baja de tu residencia española o si deseas concertar una cita con uno de nuestros abogados especialistas o asesores fiscales, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Para obtener más información, ponte en contacto con Pellicer & Heredia en el +34 965 480 737 o envíanos un correo electrónico a info@pellicerheredia.com.