Es el régimen más utilizado en España.
Esto quiere decir que no todos los bienes formen parte del patrimonio común, ya que existirán bienes privados que pertenece a una persona en concreto y bienes gananciales que son los comunes.
En el régimen de gananciales tiene como objetivo la actuación conjunta de los cónyuges tanto en la titularidad, administración y participación.
Todos los cónyuges que se casaron a partir del 1 de junio de 2016 en la comunidad valenciana se les aplicará por defecto este régimen a no ser que piden específicamente que les se apliquen otro tipo de régimen.
¿Qué es el régimen de separación de bienes?
Se produce cuando los cónyuges conservan su propiedad y la administración y gestión de sus bienes y estos no se forman una masa de patrimonio común. Cada cónyuge contribuye a las cargas económicas de la vida familiar, en virtud de lo que indique el convenio regulador o en relación al patrimonio personal.
¿Qué es el régimen de participación?
Este régimen es una mezcla de los regímenes arriba mencionados; los cónyuges tienen el derecho a participar en las ganancias obtenidos por su pareja durante el matrimonio.
¿Qué régimen es el mejor?
El régimen más adecuado depende en la situación y los deseos de la propia pareja; sin embargo, el régimen de separación de bienes es el régimen donde hay menos problemas si más adelante el matrimonio se decide a separarse o a divorciarse.
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